Leo en la prensa que el Ministerio de Justicia, para intentar “desatascar” (más bien será reducir algo el retraso y colapso) de los Juzgados de lo Social, se plantea la posibilidad de que jueces y magistrados puedan simultanear su trabajo en su juzgado o tribunal «con la atención como titular por sustitución o en funciones de refuerzo de un Juzgado de lo Social vacante o necesitado de dicho auxilio».
A mi me suena a desvestir a un santo para vestir a otro, porque ¿de dónde va a sacar el juez horas para atender ese segundo Juzgado? De las que dedica al suyo propio, lo que supondrá que los retrasos en su propio juzgado se incrementarán.
Pongamos que hablamos de un Juzgado de Primera Instancia. Si bien formalmente los jueces y magistrados no tienen establecida una jornada de trabajo entendida en el sentido tradicional, como el resto de funcionario de justicia (ver artículos 10 a 13 del Reglamento 1/2005 del CGPJ de Aspectos Accesorios de Actuaciones Judiciales por un lado y del otro la Orden núm. JUS/615/2012, de 1 de marzo), otra cosa es que a efectos prácticos no sea así. Si Ud. acude de lunes a viernes a un Juzgado, lo normal es que, salvo por determinadas cuestiones, el titular se encuentre en la sala de vistas o bien en su despacho.
De las cinco mañanas correspondientes a los día hábiles en jurisdicción civil, el juez dedica a lo sumo 3 a la celebración de actuaciones en sala. Durante las otras dos, trabaja en la lectura de los expedientes y en resolver las cuestiones que en los mismos se plantean.
¿Y ya está? Pues no, señores. Quizás, si se cumplieran las ratios referentes a los asuntos máximos de correcta atención de asuntos por parte de un órgano judicial, podríamos decir que sí, pero lo cierto es que todo órgano judicial –no solo los juzgados de lo social− está absolutamente desbordado, por lo que los jueces echan muuuchas horas fuera del “horario de oficina”, en casita, para intentar llevar sus obligaciones al día, y ni por esas. Es más, casi deberían dar gracias porque la tramitación del expediente hasta que se hace necesaria su intervención (audiencia previa o vista de juicio) también acumule retraso por distintas causas, porque de tramitarse en los tiempos que corresponden el montón de expedientes ante la sala de vistas sería de órdago.
Y a todo lo anterior súmenle que el juez, él o ella… sí, señores, asómbrense… ¡también tiene una familia!
Así que, si a duras penas los jueces y magistrados pueden con lo suyo, díganme cómo porras van a poder con lo ajeno (que además en un Miura en el que habrá que echar mucgas horas) sin que lo propio se resienta. Porque, que yo sepa, los jueces no son un bien juridicamente divisible ni se desdoblan como Carlos Jesús en Crístofer y Micael.
Otro ejemplo más de cómo intentar solucionar el mal funcionamiento de la Justicia sin poner un duro o ahorrándose unas pesetillas si no queda más remedio que rascarse el bolsillo.
No es mi mejor entrada, pero dada la fecha, es la que hoy le puedo dedicar a Juana, por los 20 primeros años de matrimonio que hoy celebramos. Un beso.