20121010bYa lo anticipé en un artículo publicado en el blog Privacidad Lógica, pero nadie me ha hecho caso: el mal uso de las nuevas tecnologías compromete seriamente la buena marcha de la Administración de Justicia.

En aquel artículo relataba que en el juicio que se estaba celebrando contra, entre otros, el otrora presidente de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, no solo se retransmitían por televisión las declaraciones de los encausados (con un diferimiento establecido por la presidenta de la Sala, por si algo se acordaba no emitir) sino que, además, como decía en mi entrada, en la página web de uno de los periódicos de la isla, Diario de Mallorca, ¡se podían seguir en tiempo real las declaraciones de los intervinientes en el procedimiento! ¿Cómo? Muy fácil, utilizando el mismo sistema que han adoptado los periódicos deportivos para transmitir en directo distintos acontecimientos como partidos de baloncesto, fútbol o carreras de coches: algún periodista ubicado en el interior de la sala de juicios o en otra anexa desde la que se pueda seguir las imágenes y sonido que se graban, y dotado de un ordenador, tablet o smartphone va introduciendo en tiempo real través de una aplicación tipo timeline o chat unidireccional las preguntas de fiscalía, acusaciones y defensores, así como las respuestas a la mismas de los encausados. Vamos, una especie de twitter judicial on line.

Para que se hagan una idea, adjunto una impresión de pantalla, en la que he destacado la zona donde aparece esta especie de “chat” unidireccional, y les dejo enlace a la web del periódico para que curioseen a su gusto.

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Como ya apunté en enero, el que la declaración de los encausados se retransmitiese urbi et orbe de esta guisa no me preocupa, aunque no me guste, por cuanto los acusados tienen derecho  a estar siempre presentes en toda actuación que se desarrolle durante el juicio. Pero el tema cambia, y mucho, cuando lo que se retransmite, como así ha pasado hoy en otro juicio que se está celebrando en la Audiencia de Palma de Mallorca contra, entre otras personas, la anterior presidente y vicepresidente del Consell Insular de Mallorca, son las declaraciones de los testigos.

Como ya afirmé en mi anterior entrada sobre los peligros de “radiar” las internadas de los testigos por la banda derecha y sus disparos al poste de la Sala, cual partido de fúrgol:

Una de las reglas procesales básicas es que una persona que tiene que declarar en un juicio lo haga sin tener conocimiento previo de lo que han declarado los anteriores y sin que, una vez que haya prestado declaración pueda soplarle a los siguientes por dónde van los tiros, cual es la pregunta trampa o qué versión ha dado él, así como  evitar que un testigo preste su declaración condicionado o influido por lo que ha oído declarar a otro. Y para ello habrá que tomar las medidas oportunas previstas en el ordenamiento jurídico.

Así en la Ley de Enjuiciamiento Civil, el artículo 366.2 prevé que Los testigos no se comunicarán entre sí ni podrán unos asistir a las declaraciones de otros. A este fin, se adoptarán las medidas que sean necesarias. En esta misma norma se va incluso más allá y su artículo 310 prevé la posibilidad de incomunicación de las partes.

En procedimiento penal, que es el caso que nos ocupa, los acusados tienen derecho a estar siempre presentes en toda actuación que se desarrolle durante el juicio, pero en cuanto a los testigos, la Ley de Enjuiciamiento Criminal recoge en sus artículos 704 y 705 prevenciones similares a las expuestas en el párrafo anterior: Los testigos que hayan de declarar en el juicio oral permanecerán, hasta que sean llamados a prestar sus declaraciones, en un local a propósito, sin comunicación con los que ya hubiesen declarado, ni con otra persona. El Presidente mandará que entren a declarar uno a uno, por el orden mencionado en el art. 701.

Esto, en la práctica, ¿en qué se traduce? En la adopción de medidas preventivas previas y posteriores a la declaración de los testigos, y que podemos sistematizar de la siguiente manera:

  • Medidas previas: por lo general, ninguna. Los testigos suelen esperar todos juntos en el pasillo del Juzgado, más aburridos que otra cosa, entreteniéndose como pueden hasta que, eso sí, de uno en uno, les llaman, generalmente a grito pelao, a declarar. Si son bien avenidos, se echan unas parrafadas; y, si se llevan fatal, porque saben que cada uno defiende una postura distinta, ponen cara de cabreo, simulan no conocerse y cada uno por su lado. Vamos, exactamente lo que dice la norma, ¿no? Bueno, si definimos “pasillo” como “lugar o local a propósito para la espera…”, pues a lo mejor sí, porque posibilidad de tener un local ad hoc, como que no.
  • Medidas posteriores: aquí la cosa cambia, porque la costumbre es que el testigo que finaliza su declaración no puede abandonar la sala hasta la finalización de la sesión o vista.

Pero todo este perfecto control de la pureza del testigo, señoras y señores, se derrumba clamorosamente merced a las nuevas tecnologías porque, gracias a las mismas, todo aquel que tenga un notebook, un tablet o un smartphone con conexión a internet no solo no se aburrirá deambulando por los pasillos de las sedes judiciales, sino que podrá seguir on line, en vivo y en directo, con pelos y señales, todas y cada una de las declaraciones de los testigos precedentes y además compartirlas con todos los que esperan con él (“hala, mira qué bestia, como puede contestar eso. A mi no me pillarán de sorpresa cuando me toque”) o recibir directrices al respecto en función del contenido de la declaración ¡Qué bonito! ¿Verdad? Ahora solo falta que la Administración de Justicia, marcándose un detalle con el testigo, ya que pierde una mañana o dos con eso de su declaración, y con los periodistas, que así ahorrarían a sus empresas la cuota de conexión, dote a los pasillos de conexión wifi y que el consumo corra de cuenta de la casa.

Se nos podrá decir que el Tribunal Supremo, reiterada y recientemente, viene afirmando que esa incomunicación del testigo es una mera medida cautelar y que su ausencia no es condición de la invalidez del testimonio, sino de su credibilidad, pero a buen seguro que pensaban en un caso esporádico, aislado y tradicional de testigo que escucha lo que no debe escuchar, pero seguro que no habían previsto que lo que antes era casi accidental puede pasar a ser lo habitual en según que tipo de juicios mediáticos.

Iniciativas como la descrita comprometen y obstruyen la labor de la Justicia, del Ministerio Fiscal y el derecho de defensa de las partes. Esto ya parece un circo en el que todo cabe y vale bajo el paraguas del interés público (más bien del público) y la información veraz. Al igual que sucede con el cáncer de las filtraciones, la Justicia debe poner firme a todo el mundo si quiere que la opinión pública la respete, y poner límites a lo que se puede y no se puede hacer, puñetas, que los juicios cada vez se parecen más a un reality. Y del mismo modo, la abogacía, a título individual y colectivo, bien a través de los colegios territoriales o del CGAE, debe de una vez manifestarse públicamente sobre estas prácticas y exigir la adopción de medidas que pongan fin a las mismas. De entrada, ni que pedir una sala específica para que los testigos esperen su turno sin aparatitos electrónicos, y concederla y habilitarla, tampoco es tan difícil, creo yo…

Hala, pónganse las pilas, señores.

A Javier Pacheco Hervás,  mi tío y compañero de profesión, que falleció en Madrid el pasado día 14. Su sobrino, que le quiere, y que no pudo asistir a su entierro por no poder suspender un juicio. Perra vida ésta, a veces.